Congreso aprobó dictamen que delega la función a los auxiliares judiciales
Los policías dejarán las funciones de secretario para realizar lo que realmente les compete: reforzar la seguridad ciudadana. El pleno del Congreso aprobó ayer por unanimidad la ley que exonera a la Policía Nacional de la realización de diligencias de notificación encargadas por el Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Ministerio Público.
El dictamen, que requiere de una segunda votación, destaca que la institución policial no fue creada, "ni puede ser utilizada para realizar funciones distintas a las que le son inherentes. Más aún si estas ponen en riesgo la provisión de miembros para velar por el orden interno, la seguridad ciudadana, así como para la prevención e investigación del delito".
La policía solo realizará notificaciones en los casos que el documento contenga un mandato de detención o implique el traslado usando la fuerza pública. Para ello la norma modifica el artículo 282 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con lo que se le da estas atribuciones a la policía judicial para hacer esta labor específica.
La segunda excepción está referida a las notificaciones enviadas por el JNE a zonas de difícil acceso en el país o cuando exista amenaza de riesgo, pues según el secretario general de esta entidad, Juan Falconí, el apoyo que puede brindar la Policía Nacional en estos casos no puede ser reemplazado.
Los legisladores miembros de la Comisión de Defensa Nacional, presidida por Luis Gonzales Posada, manifestaron que esta nueva norma permitirá que el personal policial dedique más horas a la labor de patrullaje y no a funciones administrativas. Solo en Lima los juzgados civiles y penales expiden diariamente unas 200 notificaciones.
Por su parte, el Ministerio del Interior, mediante el oficio 382-2006-IN/0102 manifestó su total conformidad con esta norma, pues considera que esta se enmarca dentro de los alcances de la Ley de la Policía Nacional. Según indicaron, para la labor de notificación el agente policial destina entre dos a seis horas de labor al día, y aunque está no es continua, ello distrae la organización del patrullaje.
DENTRO DE 180 DÍAS
La norma también modifica el Código Procesal Penal para permitir que las notificaciones sean entregadas personalmente por el auxiliar judicial, o bien se le hará llegar al domicilio del imputado y se notificará por la vía postal. Para ello, el auxiliar judicial dejará constancia de haber agotado los medios de verificación e identificación del procesado y su lugar de residencia.
De aprobarse en segunda votación, esta ley entrará en vigencia a los 180 días de su publicación en "El Peruano".
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