DETALLADO ANÁLISIS JURÍDICO

Señalan graves errores en sentencia de juez Álvarez sobre el Caso Fujimori

Juristas peruanos opinan que decisión de negar extradición debe ser revocada

Por Rocío La Rosa Vásquez

Un minucioso escudriñamiento ha puesto en evidencia algunos argumentos cuestionables de la sentencia --en primera instancia-- del ministro instructor de la Corte Suprema de Chile Orlando Álvarez. El magistrado rechazó el pasado 11 de julio los doce cuadernillos que sustentaban el pedido de extradición del ex presidente Alberto Fujimori.

Para esta delicada labor fueron convocados por el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (Idehpucp) los ex procuradores Luis Vargas Valdivia, Antonio Maldonado, Iván Montoya e Iván Meini, el ex defensor del Pueblo Walter Albán, y otras destacadas personalidades del campo del derecho como Javier Ciurlizza, Francisco Eguiguren, Víctor Quinteros y Elizabeth Salmón.

La contundente conclusión de los especialistas es que la sentencia de Álvarez "comete diversos errores desde el punto de vista del derecho interno peruano y chileno, así como desde la perspectiva del derecho internacional". Así se dio a conocer ayer.

Uno de los argumentos de la decisión de Álvarez fue la carencia de pruebas contra Fujimori. Sin embargo, del referido análisis se desprende que el magistrado solo debió basarse en indicios razonables --de acuerdo con el marco legal existente, como el Tratado Bilateral de Extradición y el Código de Bustamante-- y no exigir elementos probatorios. Para los juristas, "la certeza en la culpabilidad de un procesado se alcanza únicamente a través de un juicio".

PARA MUESTRA DOS BOTONES
Para explicar un errado razonamiento del magistrado en la valoración de pruebas, el informe cita dos cuadernillos: el referido al pago irregular de US$15 millones a Vladimiro Montesinos por concepto de CTS y los casos de Barrios Altos y La Cantuta. En el primero se cuestiona que el juez no haya tenido en cuenta el decreto de urgencia firmado por el mismo Fujimori autorizando dicho pago, ni las declaraciones del propio Montesinos aceptándolo para un 'objetivo oculto'.

En el segundo caso Álvarez señala que "no se aporta ninguna prueba de participación directa (de Fujimori), sino meras especulaciones". El instituto lamenta que el juez haya mal interpretado las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el sentido de que la instancia internacional responsabilizó de las matanzas al Estado Peruano y no a Fujimori.

Los juristas precisan que la corte no podía mencionar a Fujimori como responsable de crimen alguno, pues no tiene competencia penal y recuerda que sí lo considera uno de los principales procesados en casos de violación de derechos humanos.

Víctimas tienen derecho a la justicia
La decisión del juez Álvarez sorprendió en su momento, debido a que días antes la fiscal judicial de la Corte Suprema del vecino país del sur, Mónica Maldonado, había considerado procedente la extradición de Alberto Fujimori solicitada por el Estado Peruano. (excepto en los casos de asociación ilícita para delinquir y el delito de allanamiento ilegal por prescripción). Así las cosas, el informe del Idehpucp señala que una eventual confirmación de la decisión de Álvarez por parte de la Corte Suprema chilena significaría desconocer el derecho de acceder a la justicia de las víctimas de los crímenes, contrariando la obligación internacional que el Estado chileno ha adquirido. Para el ex defensor del Pueblo, Walter Albán, "lo que está en juego aquí y en América Latina es qué tanto hemos podido avanzar bajo los sistemas democráticos en los estándares de protección a los derechos humanos".