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UNA POLÍTICA DE ESTADO MÁS ALLÁ DEL GOBIERNO

La Haya, Chile y el diferendo marítimo

Por Jorge Brousset. Contralmirante (r)

La demanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) pretende que este organismo internacional determine la línea de frontera que divide la jurisdicción marítima entre Perú y Chile. El recurrir a esta instancia judicial se debe a la negativa de Chile de negociar (que es un modo de solucionar pacíficamente una controversia de acuerdo con el derecho internacional) una solución en que las partes debían procurar una frontera justa, habida cuenta de que, por la configuración geográfica de ambos litorales, se superponen los espacios marítimos frente a sus costas. Chile se negó a negociar y, al rechazar esta instancia, unilateralmente pretende apropiarse de toda el área de superposición en perjuicio del Perú.

El ilustre y siempre recordado por su incansable lucha en la defensa de las 200 millas embajador Alfonso Arias Schreiber se preguntaba ¿cuál es la razón para que Chile pretenda tener 200 millas frente Arica dejando a Tacna casi sin mar? Este absurdo técnico-jurídico se arrastra desde 1947 cuando en interpretación de ciertos sectores se confunden los conceptos de línea paralela y paralelo geográfico. Este último criterio es creado por el hombre para facilitar la ubicación de cualquier punto sobre la tierra y se vincula con la dirección Este-Oeste, es decir 90º y 270º, lo cual debido a la dirección general de la costa peruana de la zona sur ocasiona un ángulo muy agudo que proyectado hacia el oeste reduce sustantivamente el espacio marítimo peruano frente a sus costas desde Tacna hasta Marcona (Ica).

Los principios universales del derecho del mar utilizan para estos casos, de países con costas adyacentes, una frontera que siga una línea equidistante, evitando favorecer a un Estado en desmedro del otro.

El Perú no ha firmado ningún tratado para la delimitación marítima, sin embargo, Chile pretende, haciendo una caprichosa interpretación de ciertos instrumentos, darle ese valor por ejemplo a los acuerdos de 1952 y 1954, alcanzados para la defensa común de la tesis de 200 millas, pionera en la evolución del nuevo derecho del mar. Estos acuerdos no constituyen compromisos para fijar las fronteras, más bien reconocen el derecho de los estados firmantes a extender su jurisdicción frente a sus costas hasta las 200 millas. Seguir la dirección de los paralelos geográficos no es proyectar la costa frente al mar.

El reconocimiento universal de soberanía y jurisdicción sobre los nuevos espacios marítimos hasta las 200 millas (mar territorial, zona económica exclusiva y plataforma continental) recién entró en vigor en noviembre de 1994 con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la cual convoca a más de 155 países como estados parte.

La figura jurídica que establece la situación actual es un "modus vivendi" de carácter práctico y provisional sobre la línea que sigue la dirección del paralelo geográfico del punto donde llega al mar la frontera terrestre de ambos países.

Las normas que recoge la Convención del Mar, la costumbre, la doctrina y la jurisprudencia internacional sobre la delimitación marítima asisten al Perú para alcanzar un fallo favorable a su justa causa, para definir una frontera marítima que mantenga una línea equidistante a los litorales peruano-chilenos.

Una vez presentada la demanda, deben quedar atrás las diferencias internas, técnicas y jurídicas, que por cierto de pronto habrían existido si el contenido de la demanda hubiera sido previamente conocido por distintos sectores, lo que no sucedió. Por ello se debe dejar bien en claro, y esto reviste la mayor importancia, cual es el hecho de tener en cuenta que la responsabilidad constitucional de las relaciones internacionales está en quienes actualmente dirigen la cancillería y el presidente de la República. Por lo tanto, y a estas alturas, es nuestro deber como peruanos estar unidos en un solo propósito y apoyar al equipo formado bajo la dirección del agente peruano, el embajador Allan Wagner Tizón, para alcanzar un pronunciamiento justo y equitativo que devuelva a nuestra jurisdicción marítima varios kilómetros de mar peruano.

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