MARCO LEGAL
El Gobierno reglamentó la Ley General del Sistema de Bienes Estatales, con el fin de regular los mecanismos y procedimientos necesarios para realizar una eficiente gestión sobre estas propiedades. Se busca maximizar así su rendimiento económico y social.
La norma está contenida en el Decreto Supremo 007-2008-Vivienda, el cual establece una diferencia mucho más clara y definida entre los bienes inmuebles de dominio público y los de dominio privado. Añade, además, las modalidades de administración y disposición sobre cada uno de ellos.
Así, precisa que sobre los primeros se podrá otorgar el derecho de concesión a los privados, y en el caso de los bienes inmuebles de dominio privado, contempla nuevas figuras legales como la dación en pago a favor del Estado, incautación y decomiso, transferencia en dominio fiduciario, superficie, usufructo, cesión en uso, entre otras.
Según los expertos Luis Molero Coca y María Elena Reaño, el reglamento dispone la formación de un sistema nacional de bienes estatales, esto a fin de lograr una mejor organización de las entidades que están a cargo de determinados bienes del Estado, así como evitar la superposición de competencias. Se nombra, además, a la Superintendencia de Bienes Nacionales como ente rector que se encargará de dicho sistema junto con los gobiernos locales y regionales, los que a su vez tendrán competencia sobre los terrenos urbanos y eriazos.