Con el fin de erradicar las prácticas de temeridad procesal en las que incurren malos abogados y que atiborran los despachos judiciales con demandas sin sustento jurídico alguno, el Tribunal Constitucional (TC) ha decidido ejercer sus competencias para impedir esas actuaciones de letrados que son contrarias al sistema jurídico y que impiden la atención oportuna de auténticas demandas de justicia.
Bajo esa política, ese órgano ha dictado sentencias en las que, además de resolver el fondo de los asuntos, imponen sanciones y multas de hasta 20 unidades referenciales procesales (7.000 soles) a demandantes y abogados que han incurrido en mala fe. Es decir, por usar el conocimiento del derecho para obstaculizar la justicia.
Según el TC, esas acciones, enmarcadas en el concepto de temeridad procesal, son un claro desafío a los valores que propugna el Estado y merecen una acción oportuna de los tribunales.
El Código Procesal Constitucional fija la potestad del juez de ordenar el pago de costos al demandante y a su abogado, cuya pretensión sea desestimada por temeridad.
Según el vicedecano del Colegio de Abogados de Lima, Luis Lamas Puccio, con esta medida el tribunal quiere obligar a consolidar los esfuerzos de los abogados para fortalecer la ética profesional.