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REACCIONES ANTE MEDIDA CAUTELAR ARBITRAL

Concejo no dice si acatará fallo para restablecer revisión técnica

Lidercon Perú S.A.C. asegura que en 20 días puede reabrir sus plantas. Municipalidad de Lima insiste en que esas inspecciones no tendrán validez

Por Andrea Castillo Calderón

Hasta el momento, nada está dicho. Los propietarios y conductores de vehículos que no pasaron su revisión técnica con anterioridad deberán esperar a que la Municipalidad de Lima y la empresa Lidercon definan las medidas que adoptarán para cumplir la medida cautelar arbitral, que ordena restablecer las inspecciones técnicas vehiculares en la capital.

El vicepresidente de Lidercon, Raúl Barrios, aseguró que las tres plantas de la empresa (en la Panamericana Norte, en la Panamericana Sur y en la Vía de Evitamiento) serán reabiertas en 20 días, tiempo que le demandará contratar personal técnico, probar y calibrar los equipos y contar con una central telefónica automática (call center). Asimismo, deberá definir un nuevo cronograma de revisiones técnicas.

Pero para que todo ello ocurra será necesario que Lidercon y la Municipalidad de Lima se sienten una vez más a la mesa de negociaciones y lleguen a un acuerdo concreto para cumplir con la medida cautelar arbitral. Pero esta tarea no será fácil.

Por lo pronto, el abogado de la Municipalidad de Lima, Jorge Sánchez Arriola, adelantó ayer que si Lidercon Perú S.A.C. reanuda el servicio de revisiones técnicas estas carecerán de validez, porque está vigente la caducidad del contrato de concesión, dispuesta por un decreto de alcaldía del 7 de febrero pasado.

En ese sentido sostuvo que el tribunal arbitral de la Cámara de Comercio de Lima ha excedido sus competencias al ordenar el restablecimiento de las revisiones, cuando esta es una función exclusiva del concejo metropolitano. "El tribunal solo debe limitarse a los términos del conflicto contractual", opinó Sánchez.

Por su parte, el también representante legal de la comuna limeña Miguel Becerra, indicó que el tribunal habría violado el derecho de confidencialidad del arbitraje al notificar primero a la empresa Lidercon. Ante esta circunstancia --comentó-- la municipalidad podría demandar la nulidad de la medida cautelar expedida en favor de Lidercon.

Las medidas cautelares dadas en cualquier procedimiento de arbitraje son inapelables, informaron voceros del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, al tiempo de asegurar que en cada caso se establece y cumple el pacto de confidencialidad. Si una de las partes viola el acuerdo, se la sanciona con una multa que no excede las 50 unidades impositivas tributarias (105.000 soles). "Pero este hecho no afecta el proceso de arbitraje", se precisó.

¿NUEVAS ORDENANZAS?
En tanto, el vicepresidente de Lidercon, Raúl Barrios, sostuvo que la Municipalidad de Lima no tiene otra opción que cumplir la medida cautelar del tribunal arbitral. Por ello --agregó-- deberá emitir las normas que considere pertinentes tanto para restablecer la fiscalización del cumplimiento de las revisiones técnicas como para dejar en suspenso --al menos hasta que el tribunal emita el fallo final-- la resolución que declara la caducidad del contrato de concesión y la Ordenanza 1120, por la cual ya no es exigible el requisito del certificado de revisión técnica.

Como se recordará, las inspecciones técnicas vehiculares están suspendidas en Lima desde el 7 de febrero luego de que el alcalde Luis Castañeda Lossio declarara unilateralmente la caducidad del contrato firmado con Lidercon Perú S.A.C.; el caso es uno de los 1.450 expedientes que hasta el momento (desde 1993) se ventilan en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima.

En horas de la noche, la Municipalidad de Lima informó que estaba a la espera de la notificación oficial, para formular el enjuiciamiento del caso y tomar las acciones que resulten necesarias, sin precisar cuáles serían ellas.

Disposición tiene carácter provisional
El doctor Daniel Echaíz, especialista en derecho empresarial, explicó que las medidas cautelares en los procedimientos arbitrales se dan a solicitud de la parte interesada a efectos de salvaguardar un derecho que podría verse perjudicado por el paso del tiempo.

"En el caso Lidercon-Municipalidad de Lima, se busca proteger intereses frente a un proceso que se extiende en el tiempo; la parte interesada busca que no se generen más perjuicios en su contra", explicó.

Ahora bien, si las medidas cautelares no pueden apelarse, sí es posible solicitar al tribunal arbitral que las deje sin efecto. "La Municipalidad de Lima podría alegar que tiene pruebas que el tribunal no conocía al adoptar la medida, pero rara vez el tribunal toma este tipo de decisión", explicó el doctor Alfredo Bullard, especialista en arbitraje.

Refirió que si la Municipalidad de Lima no acata la medida cautelar, Lidercon puede solicitar su cumplimiento al tribunal arbitral. De no haber respuesta, el tribunal tendrá que solicitar el apoyo de un juez. "Como van las cosas, creo que veremos pasar varias semanas antes de que se restablezcan las revisiones técnicas", estimó Bullard.

EN PUNTOS
Solo aprobó el 55% de unidades
4Con las revisiones técnicas vehiculares se busca prevenir accidentes de tránsito causados por fallas técnicas y contribuir a reducir las emisiones de gases contaminantes.
4Lima fue la primera región del país en contar con este servicio después de 19 años. El 19 de setiembre del 2007, luego de dos años de suscribir el contrato y después de un arbitraje con la Municipalidad de Lima, la empresa Lidercon Perú S.A.C. puso en funcionamiento dos plantas de revisión técnica.
4Desde el 10 de setiembre, cuando empezó la etapa de prueba de las revisiones técnicas, hasta el 7 de febrero, fueron inspeccionados 245.870 vehículos. El 55,29% aprobó la revisión, tanto en primera como en segunda evaluación.

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