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EL CHAT

Sobre los servicios tercerizados

HOY RESPONDE
4Miguel Ángel Garro. Expositor de la Cámarade Comercio de Lima

SEPA QUE
4La Ley de Tercerización (Nº 29245) se aprobó en junio último. Aun se espera su reglamento.
4El concepto de responsabilidad solidaria se refiere a la posibilidad de que la empresa que contrata el servicio asuma lo que incumple la tercerizadora. Ello ocurre cuando la tercerización es con desplazamiento de empleados a la empresa principal (por ejemplo, en minería y construcción).
4La tercerizadora debe informar por escrito a los trabajadores: la identidad de la empresa principal, su dirección y su número de RUC; las actividades que son objeto del contrato y el lugar donde se ejecutarán. El incumplir esta obligación constituye infracción.

4MODERADORA dijo:
¿Podría explicarnos cuál es la diferencia entre intermediación y tercerización de servicios?

4Miguel A. Garro contestó:
En la intermediación laboral (conocida como service) existe el envío de personal a la empresa usuaria y esta última es la que dirige las acciones de dicho grupo. En cambio, en la tercerización se desplaza personal a la empresa principal para que desarrolle parte del proceso productivo por su cuenta y riesgo, sin estar subordinado a la empresa principal.

4PITUFINA dijo:
¿Las empresas de intermediación están obligadas a tener a sus empleados en planilla? ¿Qué beneficios laborales les dan?

4Miguel A. Garro contestó:
Toda prestación personal de servicios subordinados es una relación laboral y, por lo tanto, goza de todos los derechos laborales. Las empresas de intermediación deben pagar los siguientes beneficios sociales a sus trabajadores: vacaciones de 30 días al año, compensación por tiempo de servicios (CTS), dos gratificaciones anuales, asignación familiar, indemnización por despido arbitrario, entre otros.

4GORDO dijo:
¿Es común que la terceriza-ción la hagan las pymes?

4Miguel A. Garro contestó:
Sí, usualmente prestan servicios de tercerización con desplazamiento de personal o sin él. Por ejemplo, una empresa que se dedica a la fumigación desplaza a su personal a las instalaciones de la empresa usuaria para ejecutar un servicio puntual. Pero, también hay casos en que el desplazamiento tiene como fin realizar parte del proceso productivo, no una obra específica. Por ello, la ley exige que esta labor se haga por cuenta y riesgo de la tercerizadora, siempre y cuando cumpla con determinados requisitos.

4PITUFINA dijo:
¿Esos requisitos tienen que ver con un número mínimo de trabajadores?

4Miguel A. Garro contestó:
No, ese no es un requisito. Aunque claro, hay un régimen laboral especial para las microempresas y pequeñas empresas, las cuales sí deben tener un máximo de 10 a 100 trabajadores, respectivamente.

4PITUFINA dijo:
¿Entonces, qué requisitos debería cumplir esa mype para ser considerada una tercerizadora?

4Miguel A. Garro contestó:
La ley establece lo siguiente: la empresa debe tener una pluralidad de clientes (sin número específico todavía), equipamiento, inversión de capital propio y retribución. No se admite la sola provisión de personal (gente) a un solo cliente. Sin embargo, debemos esperar que se reglamente la ley para tener una idea clara de cómo va a funcionar la norma.

4MODERADORA dijo:
¿Dónde se hacen los trámites para que una empresa brinde servicios externos?

4Miguel A. Garro contestó:
Las empresas de tercerización deben inscribirse en el Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras, que está a cargo del Ministerio de Trabajo. Sin embargo, como aún no existe el reglamento de la ley, no se sabe cuál será el costo que deberá asumirse.

4MODERADORA dijo:
¿Actualmente se realiza algún pago?

4Miguel A. Garro contestó:
Sí, las empresas de intermediación laboral pagan S/.400 por la inscripción y también por la renovación del registro. En ese sentido, no sería nada extraño que para este nuevo registro ocurra los mismo.

4OTORONGO dijo:
¿El Gobierno está difundiendo esta ley? ¿Se brindará capacitación?

4Miguel A. Garro contestó:
El Ministerio de Trabajo programa charlas de orientación. Asimismo, la Cámara de Comercio de Lima programa cursos para nuestras asociados.

4ROCIORH dijo:
¿En qué rubro es más común encontrar casos de tercerización?

4Miguel A. Garro contestó:
La tercerización abarca todas las actividades económicas, principalmente para realizar una obra o prestar servicios.

4AZU dijo:
¿Si deseo expandir mis servicios más allá de Lima, es necesario que registre mi empresa en la nueva provincia o basta con haberme inscrito en el Ministerio de Trabajo?

4Miguel A. Garro contestó:
Al tratarse de un registro nacional, como bien señala la norma, considero que con inscribirse en Lima es suficiente. Estas situaciones deberán ser contempladas en el próximo reglamento de la ley, que debió publicarse el 8 de agosto pasado.

4ASTROBOY83 dijo:
¿El ministerio visita las pymes para constatar que cumplan con esos requisitos?

4Miguel A. Garro contestó:
El ministerio fiscaliza a todas las empresas, tanto principales como tercerizadoras, toda vez que el incumplimiento de la ley se debe constatar en ambas.

4ASTROBOY83 dijo:
¿Estas visitas son programadas o imprevistas?

4Miguel A. Garro contestó:
Si bien la Ley de Inspecciones permite que se hagan visitas sin anunciar (o por denuncia de algún trabajador) también existe un programa de visitas a cargo del Ministerio de Trabajo. Aunque estas visitas programadas se mantienen en reserva, se puede tener una idea de cuándo se realizan: en julio y diciembre se suele verificar el cumplimiento del pago de las gratificaciones.

4MODERADORA dijo:
¿Qué documentos se revisan en la empresa que brinda la tercerización?

4Miguel A. Garro contestó:
Se requerirá que acrediten todos los requisitos que mencionamos antes, en especial la pluralidad de clientes.

4PITUFINA dijo:
¿Qué se debe detallar en los ítems de derechos laborales y seguridad del contrato que firma la intermediadora (o tercerizadora) con la empresa principal?

4Miguel A. Garro contestó:
Las empresas de intermediación laboral, cuando establecen el monto de sus servicios, incluyen los beneficios sociales de sus trabajadores y su cuota de administración. Es decir, la empresa usuaria asume los beneficios que les corresponden a los trabajadores de las services. Para el caso de la tercerización, la compañía principal paga el costo que la tercerizadora cobra y solo es responsable solidario si esta no paga a sus trabajadores los beneficios sociales (gratificación, CTS, vacaciones, asignación familiar, entre otros). Asimismo, asume el pago del aporte a Essalud.

4OTORONGO dijo:
¿Cómo se ha manejado ese concepto de responsabilidad solidaria en la Ley de Tercerización? ¿Ya se definió o depende del reglamento?

4Miguel A. Garro contestó:
El Gobierno Central ha expedido el Decreto Legislativo 1038 (a través de "El Peruano", el pasado 25 de junio), en el que se precisa que la responsabilidad solidaria se contrae únicamente a las obligaciones laborales y de seguridad social a cargo de la empresa tercerizadora, mas no a aquellas de origen convencional o unilateral.

4MODERADORA dijo:
¿Esa responsabilidad se asume apenas ocurre la irregularidad?

4Miguel A. Garro contestó:
Los trabajadores podrían solicitar a la empresa principal que asuma dicha responsabilidad una vez que se incumpla con el pago de sus derechos. No obstante, la ley señala que la empresa principal responde hasta después de un año de culminado el desplazamiento (terminada la obra o el trabajo) y el reglamento deberá establecer un mecanismo para que se pueda solicitar dicha responsabilidad.

4PITUFINA dijo:
¿Un empleado puede tener un tiempo máximo para brindar servicios por medio de una empresa de intermediación o tercerización?

4Miguel A. Garro contestó:
En general existe un plazo máximo para utilizar los contratos de trabajo sujetos a esa modalidad, ese plazo es de 5 años. Superado dicho período, la relación contractual se convierte en indeterminada.

4GORDO dijo:
¿Si un trabajador tiene un problema, debe quejarse con la intermediadora (o tercerizadora) o con la principal? ¿A quién le rinde cuentas si ha cometido una falta?

4Miguel A. Garro contestó:
Cuando los trabajadores son destacados por medio de una empresa de intermediación laboral, se le rinde cuentas a la empresa principal. Eso no sucede cuando el desplazamiento se realiza mediante una tercerizadora. En este caso, los empleados no rinden cuentas de sus actos a la empresa principal.

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