Los perjuicios que puede ocasionar un apagón son múltiples; sin embargo, la normatividad del sector eléctrico permite que los usuarios sean compensados por la interrupción del servicio. Rolando Salvatierra, abogado en temas eléctricos del estudio Muñiz, Ramírez, Pérez Taiman & Luna -Victoria, recordó que existe el Decreto Supremo 020-97-EM, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas, mediante el cual los consumidores eléctricos deben ser compensados por los recortes.
La disposición señala que las interrupciones involucran para el actor responsable una compensación económica al cliente, a través de la facturación, y se realiza en función a la cantidad de interrupciones en seis meses.
Como se recuerda, las fallas en el sistema eléctrico han originado apagones en Lima en las últimas tres semanas (el más reciente ocurrió el martes) y fueron responsabilidad de las generadoras eléctricas. Según Salvatierra, actualmente el costo de compensación promedio por cada hora de suspensión del suministro eléctrico asciende a US$0,35 por kilovatio (kW) y el consumo promedio de un usuario eléctrico es de 120 kW al mes.
El presidente de la Asociación de Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Jaime Delgado, indicó que una de las premisas de la contratación de un servicio público es la continuidad. "Si las empresas eléctricas no están garantizando la continuidad por falta de previsión es justo que los usuarios sean compensados", dijo.
Salvatierra indicó que, en el caso de los clientes libres (empresas industriales, comerciales y mineras que consumen más de 1 MW por hora), estos firman las condiciones de compensación con las generadoras eléctricas. Sin embargo, si no han especificado tales condiciones el D.S. 020-97-EM también se aplica a ellos.
No se pudo obtener una versión de las empresas generadoras y distribuidoras de electricidad.
NUEVO RIESGO
De otro lado, fuentes del sector energético informaron sobre la posibilidad de que algunos clientes libres se resistan a reducir su demanda de energía eléctrica. El Gobierno ha dispuesto que el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) solicite a los clientes libres reducir su consumo eléctrico con la finalidad de reorientar esa energía al sector residencial. De no hacerlo, podrían exponerse a multas.
Actualmente, la necesidad de energía de las empresas es de tal magnitud que para ellos sería más económico pagar las multas por desobedecer al COES antes que reducir su demanda eléctrica y su producción. El presidente del COES, César Butrón, dijo que aún no se ha dado el caso, pero de ocurrir esta organización tendría que informar a Osinergmin para que inicie un proceso sancionador.
MÁS DATOS
4El COES pidió ayer a varias empresas reducir su consumo eléctrico, en 120 MW en total, para abastecer la demanda del sector residencial.
4 La necesidad de esta energía se debió a que una turbina de la planta generadora de Edegel, ubicada en Ventanilla, no estaba funcionando.
4 La generación eléctrica se encuentra operando al tope de su capacidad por la falta de lluvias y de gas natural. En ese sentido, cuando una turbina eléctrica deja de funcionar se debe cortar el suministro.