En los próximos 30 días, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) deberá aprobar e incluir las modificaciones a la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (N° 27181), que establece las sanciones para los propietarios de vehículos y empresas del rubro por las infracciones que se cometan.
Las modificaciones a dicha ley, aprobadas el pasado 28 de agosto por el Congreso de la República y publicadas ayer en el diario "El Peruano", determinan que los dueños de los vehículos o las empresas prestadoras del servicio de transporte serán "solidariamente responsables" (sic) ante la autoridad (en este caso, el MTC) por las infracciones de tránsito vinculadas a las condiciones de trabajo de los operarios del servicio de transporte, es decir, de los choferes, cobradores, etc.
La norma contempla, además, nuevas sanciones y medidas preventivas respecto de las infracciones a las normas de transporte. Así, por ejemplo, las empresas del rubro recibirán amonestaciones y multas iguales a las que actualmente castigan a los conductores infractores y, de acuerdo con la gravedad de cada caso, el MTC podrá cancelar definitivamente la concesión, autorización o permiso para prestar el servicio de transporte.
Luis Quispe Candia, especialista en temas de transporte, señaló que las modificaciones permitirán endurecer los castigos a las empresas de transporte urbano de la ciudad, en las cuales --indicó-- el 95% de sus trabajadores no está inscrito en planilla, lo que eximía a sus propietarios de cualquier responsabilidad penal por accidentes ocurridos en las pistas de la ciudad.
Asimismo, subrayó que las nuevas medidas preventivas establecidas en la ley aprobada (suspensión precautoria del servicio, clausura temporal del local, interrupción del viaje y paralización de la actividad, entre otros) deberán ser incluidas en el Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 033) y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (D.S. 009), donde se establecen las infracciones tanto para el transporte interprovincial como para el servicio de transporte urbano en el país.
Fuentes del MTC indicaron ayer a este Diario que hoy su entidad dará más detalles respecto de los cambios en la ley, y que deberán incluirse para su entrada en vigencia.
RECHAZAN MODIFICACIONES
Por su parte, José Navarrete, vicepresidente de la Asociación de Propietarios de Ómnibus Interprovinciales del Perú (Apoip), se mostró en contra de las modificaciones a la Ley 27181, pues consideró que las sanciones no solucionarán el problema de los accidentes viales en el país. "El MTC tiene las facilidades para verificar a las empresas que incurren en faltas, no hacía falta endurecer los castigos", indicó.
DEL CONSULTOR
Los castigos se comparten*
Con las modificaciones a la Ley 27181, el propietario del vehículo o, en su caso, el prestador del servicio, serán responsables, por ejemplo, si los conductores exceden las horas de trabajo o conducen excediendo el límite de alcoholemia que indica la ley, lo cual es positivo, pues ataca un problema que ocasiona una serie de siniestros en el país. Asimismo, el artículo 26.1 de dicha ley señala que la multa será compartida por la empresa y el conductor, y se incluye la cancelación definitiva de la concesión, autorización o permiso, con lo cual se trata de controlar, especialmente, las faltas reiterativas de las empresas, que simplemente pagan sus multas (o no) y siguen funcionando de la misma manera. Para ello, las autoridades podrán retener o internar al vehículo y determinar la clausura del local, la suspensión del servicio, la interrupción del viaje y la paralización de la actividad.
* Juan Carlos Dextre. Especialista en temas de transporte
LAS CIFRAS
3.000
Personas mueren en nuestro país cada año por accidentes de tránsito, según estadísticas del Ministerio de Salud (Minsa).
47.000
Personas resultan lesionadas en todo el país anualmente por la misma razón.
491
Es la cantidad de denuncias que formuló hasta finales de agosto el Ministerio Público por los accidentes de tránsito interprovinciales ocurridos en el país.
7.794
Conductores fueron multados en el primer semestre del año en la capital por manejar sin licencia de conducir.
8.444
Conductores ebrios fueron intervenidos en ese mismo lapso en Lima, 37 de los cuales dejaron víctimas fatales y heridos.