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El año escolar 2008 se iniciará el 3 de marzo y durará 40 semanas

11:05 | Habrá una hora adicional en colegios de secundaria de un solo turno y se establece que las celebraciones cívicas no sean tomadas como feriados

(Anidna) .- El año escolar 2008 se iniciará el lunes 3 de marzo y tendrá una duración no menor de 40 semanas lectivas, anunció el Ministerio de Educación.

Si bien las clases deben comenzar en la fecha mencionada, la norma emitida hoy indica que habrá flexibilidad cuando las características geográficas, climatológicas, económico productivas y socioculturales de una región así lo determinen.

La directiva, aprobada a través de la Resolución Ministerial 0494-2007-ED, añade que en el área rural se establecerá el horario escolar diario que mejor se adecue a la realidad local, decisión en la cual también participarán los padres de familia.

El trabajo pedagógico en los centros escolarizados de educación inicial será de cinco horas diarias, 25 semanales y un mínimo de 900 horas al año, incluyéndose en ellas los tiempos utilizados para actividades permanentes como alimentación y aseo.

En Educación Primaria, el trabajo pedagógico será de seis horas diarias, 30 semanales y un mínimo de mil 100 horas anuales, considerándose en las horas pedagógicas diarias los tiempos utilizados en formación, desayuno y almuerzo escolar.

Las horas del trabajo pedagógico en Educación Secundaria serán siete al día, 35 semanales y un mínimo de mil 200 horas anuales efectivas, precisa la norma.

Los períodos de vacaciones los determina el director de la institución educativa en coordinación con el Consejo Educativo Institucional (Conoei), teniendo en cuenta la política regional y las presentes normas.

Una hora más en colegios de un solo turno

Las instituciones educativas públicas de un solo turno en el nivel de Educación Secundaria incrementarán una hora diaria en su horario, tres para el área de Comunicación y dos horas para Matemática hasta completar un mínimo de mil 400 horas efectivas de trabajo al año.

Estas horas están orientadas a fortalecer las capacidades comunicativas y matemáticas de los adolescentes para contribuir con el mejoramiento de su aprendizaje en las diferentes áreas curriculares, destaca la norma.

Celebraciones cívicas no son feriados

La resolución establece, además, que las celebraciones cívicas y comunales no son feriados y forman parte del calendario escolar comunal, por lo que deben ser consideradas en la programación curricular.

Estas actividades, señala el dispositivo legal, no deben implicar gastos económicos adicionales para los alumnos sin consentimiento de los padres de familia.

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