7:42 | El vocal supremo Pedro Urbina quedó listo para fijar el día de lectura de la condena, luego que las partes presentaran sus alegatos finales
(Andina) .- La Vocalía de Instrucción de la Corte Suprema fijará en 15 días la fecha para la primera lectura de sentencia contra el ex presidente Alberto Fujimori, en el juicio que se le sigue por presuntamente haber ordenado el allanamiento a la casa de Trinidad Becerra, esposa del ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos.
Conforme lo estipula el artículo 6 del Decreto Legislativo 124, el vocal supremo Pedro Urbina quedó listo para fijar la fecha de lectura de sentencia contra el ex jefe de Estado.
Esto luego que el fiscal supremo José Pereira; el jefe de la Procuraduría Anticorrupción, Carlos Briceño y el abogado César Nakazaki, presentaran el martes sus alegatos finales por este caso, ante Urbina Ganvini.
En primer lugar, Pereira Rivarola ratificó su acusación contra Fujimori por el delito de allanamiento ilegal y pidió denegar el beneficio de la "confesión sincera" solicitada a su favor, porque -sostuvo- la conducta procesal de este no cumple con los requisitos que exige la ley.
Explicó que el ex mandatario se ha mostrado renuente a colaborar con la justicia, ha obstaculizado el proceso perjudicando al Estado peruano y ni siquiera ha aportado nada nuevo para el esclarecimiento de los hechos.
Luego, Briceño Puente, abogado del Estado peruano, enumeró una serie de contradicciones en las que, a su juicio, incurrió Fujimori tanto en sus declaraciones ofrecidas a la justicia chilena como ante la peruana.
Citó las declaraciones de varios testigos que, en su concepto, atribuyen al ex jefe del Estado, la condición de "autor mediato" del delito de usurpación de funciones al ex mandatario.
"Fujimori no sólo ordenó el allanamiento a la casa de Vladimiro Montesinos sino dirigió el operativo para borrar evidencias", expresó el procurador Briceño.
En su alegato, el jefe de la Procuraduría, pidió se incremente el monto de la reparación civil de 500 mil a un millón de soles, para resarcir al Estado por los daños causados.
Por su parte, el abogado de Fujimori, César Nakazaki, demandó al vocal Pedro Urbina enmarcar su decisión final conforme a lo dictaminado en la sentencia de extradición de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Chile.
En ese sentido, pidió que se le reconozca a su patrocinado como instigador del delito de usurpación de funciones (legislación peruana) o autor por inducción del delito de usurpación de funciones (su equivalente en la legislación chilena).
Igualmente, solicitó que se le reconozca la "confesión sincera", pues según dijo, Fujimori reconoció su responsabilidad de haber ordenado al director de Asesoría Jurídica de la Casa Militar, Manuel Ubillús Tolentino, hacerse pasar como fiscal en la diligencia de allanamiento a la casa de la esposa de Vladimiro Montesinos, el 7 de noviembre del 2000.
Solicitó se le imponga a su patrocinado una justa pena respetando los principios de responsabilidad y proporcionalidad.
"Si al autor (Ubillús Tolentino) le impusieron cuatro años de prisión, a mi patrocinado, en su condición de instigador, le correspondería una pena menor", anotó.