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Declaran inadmisible pedido de Canchaya para recusar a vocal supremo

10:19 | Acusaciones de la suspendida congresista no se condicen con el artículo 29 del Código de Procedimientos Penales

El vocal instructor de la Corte Suprema de Justicia, Pedro Urbina Ganvini, declaró inadmisible la recusación que había presentado en su contra la suspendida congresista Elsa Canchaya, para separarlo del proceso que le sigue por presunta contratación irregular. Canchaya denunció que Urbina Ganvini había sido parcial, politizado el caso, adelantado opinión y actuado como investigador con rasgos inquisitivos.

Según la agencia Andina, la resolución de la Vocalía Suprema de Instrucción señala que las acusaciones de la suspendida congresista no se condicen con el artículo 29 del Código de Procedimientos Penales. En dicho artículo se indica que los magistrados pueden ser recusados si se justifica la parcialidad, si resultan agraviados, si son testigos, parientes del procesado o si ha adelantado opinión, pero -de acuerdo al fallo- esto no ha sucedido.

Si bien esta recusación fue rechazada en primera instancia, se estima que Elsa Canchaya, elegida parlamentaria por Unidad Nacional (UN), apele a dicha decisión a fin que la Corte Suprema resuelva de manera definitiva.

Mientras tanto, Urbina Ganvini continuará a cargo del caso en el cual se le procesa a Canchaya por los delitos de nombramiento y aceptación ilegal para el cargo, estafa y falsedad genérica en agravio del Estado.

De acuerdo a la acusación, Canchaya contrató a Jacqueline Simón como asesora en su despacho parlamentario, pese a no contar con los requisitos necesarios para ocupar dicho cargo. Agrega que Simón Vicente cobró cinco meses de sueldo, pese a que no acudió ni un solo día a laborar al despacho parlamentario.

Sin embargo, Canchaya afirma que su asesora contaba con los requisitos necesarios para desempeñarse como asesora parlamentaria y que nunca laboró como niñera de sus hijos.

Simón Vicente también es procesada en el 54 Juzgado Penal de Lima, por los delitos de falsedad genérica, estafa y aceptación irregular de nombramiento.

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