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El pleno del Congreso aprobó la 'Ley del Retracto'

22:37 | Con este proyecto los clientes tienen 7 días hábiles para dejar sin efecto la compra de un producto o romper un compromiso de venta

El pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley del Derecho del Retracto del Consumidor, en caso de ventas fuera del local, comercial y de ventas agresivas, para que un "periodo de reflexión", de 7 días hábiles, el usuario pueda evaluar y ratificar o no la conveniencia de adquirir los bienes o servicios que ante una venta agresiva, se encuentran comprometidos y/o involucrados en la misma.

Al respecto el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor y autor del proyecto de Ley, congresista Alberto Andrade, dijo que ante las denuncias y quejas por las ventas agresivas, por teléfono y fuera del local comercial, donde se aplican métodos de publicidad engañosa, presión, sugestión, etc., era necesario aprobar esta Ley para proteger a los millones de consumidores.

El presente proyecto de Ley -dijo- Andrade, otorga al consumidor un "periodo de reflexión", de 7 días útiles, que le permita evaluar la conveniencia de adquirir un bien o servicio, siempre y cuando la transacción se ha producido, fuera del establecimiento comercial, bajo las modalidades de ventas a domicilio, puerta a puerta, ventas por teléfono, o cuando el proveedor use mecanismos de venta, consistentes en atraer clientes, mediante mecanismos de oferta de publicidad engañosa.

Como los usuarios y/o consumidores no cuentan con el tiempo suficiente para madurar una decisión, se sienten presionados, no tienen el modelo del producto o servicio para poder tener conocimiento de sus características y se sienten comprometidos cuando son invitados a locales elegantes y hoteles, donde los "vendedores" ofrecen a sus ocasionales clientes, sugestivos premios u obsequios, comentó Andrade.

Mediante este proyecto de Ley, se ha contemplado también, que el consumidor podrá hacer uso de este derecho, este escrito o no en el contrato, que no tendrá necesidad de alegar causa alguna, y otras consideraciones que están explicadas en el articulo 4 del proyecto de Ley Nro. 1944.

También se determinó que las sanciones serán establecidas por INDECOPI, conforme a lo establecido en la Ley de Protección al Consumidor.

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