16:37 | Así lo precisó la comisión de Constitución del parlamento, cuyos integrantes se reunieron hoy para debatir al respecto
Solo las comisiones de Etica Parlamentaria y la subcomisión de Acusaciones Constitucionales son los únicos grupos de trabajo que pueden abrir investigaciones a los parlamentarios. Así lo precisó la comisión de Constitución del parlamento, descartado así la alternativa de que otra comisión tenga esa potestad.
En un informe de esa Comisión, se precisa que el artículo 35° del Reglamento del Congreso establece que existen cuatro clases de comisiones, es decir, las ordinarias, de investigación, especiales y de Etica Parlamentaria.
De acuerdo a ello se establece que la referida disposición reglamentaria precisa que las comisiones de investigación de Etica y las especiales tienen funciones que han sido delimitadas.
Se añade que en el caso de las comisiones ordinarias el artículo 34° del Reglamento señala que la función principal de las comisiones ordinarias, es el seguimiento y fiscalización del funcionamiento de los órganos estatales, "y en particular de los sectores que componen la administración pública".
De igual manera se precisa que la Comisión de Etica Parlamentaria es la encargada de promover "la ética" y prevenir actos contrarios a la misma.
En ese sentido- se precisa- teniendo en cuenta que dicho Código de Etica Parlamentaria contiene normas sobre la conducta de los congresistas, es de la opinión que cualquier investigación que se pudiera realizar contra un congresista, es de competencia exclusiva de la referida comisión.
De igual manera se precisa que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales es el órgano encargado de calificar la admisibilidad y procedencia de las denuncias, y de realizar la investigación en los procesos correspondientes.